Sabias que, en cualquier proceso, ¿toda persona tiene el derecho irrenunciable a hacerse defender desde el primer acto del procedimiento por un abogado de su elección?
Según la Constitución Dominicana, es un derecho inviolable que toda persona, tenga el tiempo y los medios necesarios para ejercer su defensa en todo proceso donde se vea involucrado. Todo justiciable tiene derecho a ejercer una defensa adecuada de sus intereses en cualquier tipo de proceso, ya sea civil, laboral o administrativo; pero en el proceso penal, este derecho adquiere una especial relevancia, pues la libertad y el patrimonio del imputado está en juego de manera latente. El articulo 111 del Código Procesal Penal Dominicano consigna que: “El imputado tiene el derecho irrenunciable a hacerse defender desde el primer acto del procedimiento por un abogado de su elección …”. Por ello en la defensa material, no es permitido obligar a nadie a declarar en contra de sí mismo; y respecto a la defensa técnica, cuando el imputado no puede o no quiere elegirlo, el Estado le designa de oficio un defensor. Si necesitas asistencia de un abogado, en ERP Legal estamos en la mejor disposición de asesorarte en todo lo que requieras en la República Dominicana. Puedes contactarnos llamándonos al teléfono 809-850-0207 o escribiéndonos a [email protected] Descargo de responsabilidad: El contenido anterior es puramente informativo. Consulte con un abogado para analizar su caso en particular. |
Dra. Evelyn Rojas PereyraAbogado Derecho
Septiembre 2018
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